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ACUERDO CENTRALES SINDICALES Y SESCAM EN MATERIA PERSONAL SANITARIO DE LA GERENCIA DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS
El acuerdo aprobado hoy en la Mesa Sectorial contempla, entre otras cuestiones, un incremento de los salarios de los profesionales médicos y de enfermería, se crea la figura del coordinador de enfermería en cada UVI móvil y se establece un turno efectivo de 1.488 horas.
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La Junta de Comunidades va a mejorar considerablemente las condiciones laborales y retributivas del personal médico y de enfermería de la Gerencia de Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) que trabaja en las Unidades Móviles de Emergencias y en el Centro Coordinador del 112.
Todas estas mejoras aparecen recogidas en el documento que ha obtenido hoy el visto bueno en la Mesa Sectorial del SESCAM. Con este acuerdo se reconocen las características especiales que tienen estos puestos de trabajo al desarrollarse durante las 24 horas del día, todos los días del año y en el lugar donde ser produce la emergencia, estableciendo las retribuciones acordes a estas peculiaridades.
Entre las principales
mejoras que contempla el acuerdo está el incremento salarial de los
profesionales médicos y de enfermería, de tal manera que se consigue su
equiparación con las retribuciones de los profesionales de la misma categoría
del resto del sistema sanitario regional.
En este sentido, se fija
para el personal médico de la Gerencia de Urgencias y Emergencias un complemento
de productividad fija con una cuantía total en la que se incluyen todos los
incrementos previstos para el año 2008. Así, el coordinador médico del Centro
Coordinador percibirá 7.895 euros anuales; el médico del Centro Coordinador,
5.071,76 euros anuales; mientras que el coordinador médico y el médico de la UVI
móvil, percibirán 7.495 y 4.671,76 euros anuales, respectivamente.
En el caso del
personal de enfermería, se fija un complemento específico con una cuantía total
en la que se incluyen todos los incrementos previstos para el año 2008. El
coordinador de Enfermería de la UVI móvil percibirá 4.970,96 euros anuales; el
enfermero del Centro Coordinador 3.312,5 euros anuales; y el enfermero de la UVI
móvil, 3.100,5 euros anuales.
El personal de Enfermería
percibirá además las mismas cantidades que reciba en el año 2008 el personal
sanitario no facultativo de hospitalización, por trabajar noches y festivos.
Otra de las medidas contempladas en el documento aprobado hoy es la creación de la figura del responsable o coordinador de Enfermería en cada una de las Unidades Móviles de Emergencia, que se encargará de la coordinación de las labores de enfermería en la Unidad; y también de la figura del enfermero del Centro Coordinador.
Por otra parte, se establece un turno efectivo de 1.488 horas, de las cuales 24 se computarán exclusivamente para reuniones de trabajo para que los profesionales puedan llevar a cabo reuniones de equipo tendentes a la organización de la base, coordinación médico-enfermero, comentarios de casos clínicos, etc.
Con el sistema de organización previsto en este documento se garantiza la llegada de los efectivos de urgencias en el menor tiempo posible, al consolidar los turnos de 12 horas, acumulables a 24 si las condiciones asistenciales lo requieren.
También se mejora la calidad de la preparación de los profesionales incluyendo dentro del horario laboral una cantidad mínima de 25 horas al año de formación obligatoria.
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Consejería de Sanidad
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